lunes, 18 de mayo de 2020

El representante Legal de una sociedad. Riesgo y limitaciones.


El emprendedor natural es todo y todos en una empresa, es el único accionista, es el representante legal, es el contador (o lo pretende). En estas situaciones no existe riesgo alguno de fraude pues todas las situaciones son tocadas por su decisión.


Cuando los proyectos crecen es necesario delegar responsabilidades y dicha delegación implica en si mismo el riesgo de no decidirlo todo.


En una empresa pequeña e incluso mediana con  pocos trabajadores, los socios mantienen control sobre los grandes aspectos de la compañía pero delegan la función de Representante Legal en el gerente o quien dirige la operación. Este nombramiento muchas veces motivado por la confianza o la necesidad de contar con alguien siempre presente es normalmente una decisión que no sopesa sus reales implicaciones.


El Representante Legal es la voluntad de la empresa, es quien obliga o compromete a la compañía con su firma o manifestaciones, mientras que los socios carecen de dicho poder. Un ejemplo típico puede ser el de un accionista de cualquier empresa listada en bolsa, ninguna de sus accionistas, ninguno de los 434.136 accionistas de Ecopetrol puede con su firma decidir sobre el destino de un barril, un lápiz o un empleado de Ecopetrol, pues todos, o por lo menos la mayoría han escogido al representante, quien no solo decide sobre barriles lápices y empleados, sino que compra compañías, hace exploraciones o invierte en nuevas empresas.


Esto mismo pasará con su compañia, por esto es necesario limitar el poder del Representante Legal para que deba consultar a los accionistas sobre las decisiones que pueden afectar de forma grave la sostenibilidad o el futuro de la persona juridica.


Ahora, señor empresario-emprendedor piénselo  ¿quien es el representante de su empresa? ¿Recuerda si en los estatutos estableció alguna limitación?  Si la respuesta es no, entonces su representante legal puede desde firmar acuerdos y contratar empleados, hasta comprar casas, ser codeudor de obligaciones ajenas , y si su objeto social lo permite, hasta decidir sobre explotaciones petrolificas.


En el sistema legal colombiano, estas limitaciones se determinan en los estatutos, comúnmente como un parágrafo de las funciones del representante legal y quedan consignados de forma publica en el certificado de Cámara y comercio de su empresa, de forma que cualquier persona puede revisar cuales son los poderes del Representante Legal y NO PUEDE  alegar su desconocimiento. Esto es, que si su representante vende o contrata cuanto no podría por que no estaba autorizado, dicha operación no obliga a su empresa sino que implica su responsabilidad personal, será él entonces quien tendrá que se deudor solidario o buscar petróleo.


Muchas compañías llevan esta lógica al absurdo e imponen limitaciones que hacen imposible la operación de la empresa,  si usted impide que el representante legal firme contratos o determina como limite una cuantía demasiado baja, el mismo requerirá autorización  de acta de asamblea para suscribir cualquier documento. No existe un limite teórico, por lo que siempre depende del negocio que este gestionando.


En conclusión una de las decisiones fundamentales al momento de nombrar un representante legal es que porcentaje de confianza debo dar y siempre interponer limitaciones ya sea de materia o de cuantía para eliminar lo que en España denominan PODER DE QUIEBRA



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