El nombre de su sociedad será la palabra que titule el documento de constitución y es la primera pregunta que le hará el formulario de la cámara de comercio, a pesar de ello, suele ser la última decisión que se toma al crear empresa, es curioso como el nombre de las mascotas suele ser objeto de mayor discusión mientras el de las empresas muchas veces, un mero acto accidental.
Encuentre aquí lo que debería tener en cuenta.
Usemos el verbo distinguir
en su forma correcta “Conocer la diferencia
que hay de unas cosas a otras” RAE.
Distinga.
1)
El nombre de las
personas del nombre de las empresas
2)
El Nombre de las
empresas, de las marcas.
Todas las personas que usted conoce, sin excepción, tienen un nombre. Las sociedades al igual que usted y yo (por una ficción jurídica a la que le debemos el desarrollo del comercio) son personas, en este caso “jurídicas”, y todas cuantas conocemos tienen un nombre. Esto permite su identificación e individualización.
De otro lado las marcas son una categoría de signo
distintivo que identifica los productos o servicios de una empresa.
Distinga, porque las marcas y las empresas tienen nombres diferentes, una sociedad puede tener muchas marcas, como en el caso de las grandes compañías de ventas de productos masivos, pero un solo nombre. Le suenan por ejemplo “Girasol”, “Campi” o “Gourmet”, estas son marcas, de una sola compañía denominada “Team Foods Colombia S.A.S” nombre que seguro no le suena tanto.
Centrándonos en el nombre de la compañía o razón social,
se trata de una identificación que debe ser única y por ello se
encuentran protegida en los registros
mercantiles, donde mediante aplicativos es posible constatar no se encuentre
registrado.
Dependiendo del tipo de empresa que pretenda constituir, existen diferentes limitaciones para la razón social.
En la sociedad
colectiva esta se forma con el nombre completo o el solo apellido de alguno
o algunos de los socios seguido de las expresiones "y compañía",
"hermanos", "e hijos", u otras análogas, si no se incluyen
los nombres completos o los apellidos de todos los socios.
En la sociedad en comandita La razón social se forma con el nombre completo o el solo apellido de uno o más socios colectivos y se agrega la expresión "y compañía" o la abreviatura "& Cía.", seguida en todo caso de la indicación abreviada "S. en C." o de las palabras "Sociedad Comanditaria por Acciones" o su abreviatura "S. C. A.",
En las sociedades de responsabilidad limitada, aparece la posibilidad de un nombre de invención, es decir que no tenga relación con el de los socios, seguida de la palabra "limitada" o de su abreviatura "Ltda."
En las sociedades Anónimas será un nombre de invención seguido de las palabras "Sociedad Anónima" o de las letras "S A."
En las Sociedades por Acciones Simplificadas, será una denominación seguido de las siglas S.A.S.
Al crear su empresa, que seguramente adoptará el tipo de Sociedad por Acciones simplificada, tenga en cuenta que la cámara de comercio se abstendrá de realizar el registro, es decir devolverá sus estatutos, si se percata que su sociedad comparte nombre con una empresa ya constituida.
Para que esto no ocurra “distinga”, puede hacer una verificación “en línea” y de esa manera determinar si procede el nombre que ojala con planeación estratégica y poca improvisación, escogió.
Posdata. Piense en grande, no trate de usar el nombre de su competencia para confundir al publico, en primero lugar por que eso ya esta muy visto, en segundo porque seguramente su competencia ya habrá registrado la marca y usted no podrá usar su nombre en sus productos, y en tercer lugar, porque puede ser una infracción marcaria, lo que acarrea multas y responsabilidad de su parte .
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