jueves, 21 de marzo de 2013

SAS : Las acciones suscritas y no pagadas al momento de la suscripción


Oficio 220-030172 Del 21 de Marzo de 2013



ASUNTO: Sociedad por acciones simplificada – Las acciones suscritas y no pagadas al momento de la suscripción, tienen derecho a voz y voto, salvo pacto en contrario.



Me refiero a su comunicación radicada en esta entidad con el número 2013-01-048625, por la cual en relación con una sociedad por acciones simplificada realiza la siguiente consulta:


“¿Las acciones suscritas y no pagadas en el contrato de suscripción de acciones objeto de la emisión social, tienen derechos plenos de voz y voto en la asamblea de accionistas?”.


Sobre el particular, es preciso tener en cuenta lo consagrado en el artículo 9 de la Ley 1258 de 2008, “Por medio de la cual se crea la sociedad por acciones simplificada”, que en la parte pertinente a la letra dice:


Negociación de acciones Expulsión de un accionista en una Sociedad Anónima


Oficio 220-030164 Del 21 de Marzo de 2013



Me refiero a su comunicación radicada en esta entidad con el número 2013-01-043312, por la cual realiza la siguiente consulta:


“Una sociedad anónima que nació como sociedad de familia del tipo Limitada y fue transformada en Sociedad Anónima y cuenta con un socio “X” que no es de familia, al que los demás socios quieren retirar de la sociedad por motivos personales; que deben hacer los socios para ello?


Pueden los socios con autorización a (SIC) la Superintendencia de Sociedades decidir en asamblea de accionistas la expulsión del socio “X”?”.


Sobre el particular, es necesario realizar las siguientes precisiones en aras de dar contestación a su consulta:


En cuanto a la expulsión de un accionista de la sociedad anónima, ello no es viable jurídicamente y sobre el particular esta entidad se pronunció en el Oficio 220-070317 del 29 de abril de 2009, cuyas partes pertinentes son:


Liquidación Privada o Judicial de una Sociedad Comercial


Oficio 220-030165 Del 21 de Marzo de 2013


ASUNTO: LIQUIDACIÓN PRIVADA O JUDICIAL DE UNA SOCIEDAD COMERCIAL


Me refiero a su escrito recibido, radicado en esta Entidad con el número 2012-01-044647, mediante el cual, previa las consideraciones allí expuestas, formula una consulta relacionada con la liquidación voluntaria o judicial de una sociedad comercial, en los siguientes términos:


La Financiera Finanzauto se negó a refinanciar la deuda que la empresa J.A. PERFORMACE LTDA., tiene para con la misma, sociedad que es dueña de un par de vehículos con matricula pública. Dicha acción llevó a la compañía a un estado de iliquidez, a perder todo y obviamente a ser demandada, cuyo juicio fue fallado en contra, y por ende, pregunta cuál es el paso a seguir ante tal circunstancia.


martes, 19 de marzo de 2013

Derecho de negociación de las cuotas sociales


Oficio 220-029090 Del 19 de Marzo de 2013



ASUNTO. Derecho de negociación de las cuotas sociales.-exclusión de socio—conflictos societarios.


Me refiero a su comunicación radicada con el número 2013-01-031189, mediante la cual consulta si es posible que un socio propietario del 42.5% de la sociedad pueda pedir la liquidación de la empresa ya que los demás socios no están interesados en comprar dicho porcentaje.