En las nuevas empresas no hay contratos laborales, o más bien hay
pocos.
Bien porque los “Milenials” odian la estabilidad, porque el proyecto no tiene con que soportar los gastos, porque los trabajadores obtienen una participación en la sociedad por su aporte, o por un millón de razones más, no se firman contratos laborales.
PUES. ERROR.
La realidad laboral supera los perfiles generacionales, las posibilidades de la empresa o los acuerdos entre las partes, un contrato laboral es siempre un contrato laboral cuando se dan los elementos básicos para su existencia. Lea aquí, Lo que debe saber sobre el contrato laboral
Como a pesar de nuestras
advertencias las startaps van a seguir siendo el segmento de mercado con mayor
informalidad, a continuación algunas observaciones a las soluciones que algunas
empresas ponen en practica a la falta de
formalización laboral.
CON LOS SOCIOS.
DIVIDENDOS ANTICIPADOS.
En estricto sentido los socios solo tienen derecho a utilidades una vez se ha cerrado el periodo fiscal y estas se han decretado, es decir año a año. Como mientras tanto el emprendedor tiene que seguir subsistiendo, la anualidad se hace un lapso insufrible y los ingresos de los empresarios suelen provenir de los beneficios que mensualmente generan en la compañía.
La mayoría de las empresas utilizan dividendos anticipados por los cuales todos los meses se adelante dinero al socio, registrándose contablemente prestamos de la empresa al socio que se cruzan cuando se decretan dividendos.
El riesgo de esta figura se presenta en dos escenarios, el primero cuando no se generan dividendos pues ante una perdida de la sociedad los activos para respaladar sus obligaciones son las cuentas por cobrar del socio. Y el segundo por su tratamiento fiscal pues estos créditos generan un internes presunto que debería afectar el impuesto de renta de la sociedad y la mayoría de contadores lo obvian.
ACCIONES A EMPLEADOS.
En algunos casos la decide cambia un contrato por la promesa de acciones para los empleados, figura que no le protege de una eventual reclamación pues lo contratos laborales existen aunque no consten por escrito.
En estos casos el propietario de la compañía debe tener en cuenta que las acciones para empleados tengan una naturaleza diferente con derechos económicos y políticos distintos a los de los fundadores o inversionistas, para que su poder y participación sea menor y no tengan la posibilidad de impedir la libre administración de la compañía.
Por ejemplo se hace fundamental que los empleados mantengan sus
acciones solo mientras permanezcan en la compañía o acompañados de un modelo de vesting (Lea aquí El vesting de Silicon Valey) por
el cual solo obtengan un porcentaje
importante de participación en caso de mantener su trabajo en la
por un numero X de años.
CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS.
Corresponden un método de externalización laboral conocido por empleados, empleadores y Jueces de la Republica, es decir, esta muy visto. Los riesgo han sido tratados en varios artículos , pero es fundamental que se tenga adicionalmente en cuenta que para que su gasto sea deducible es necesario exigir a quien presta un servicio personal el pago de parafiscales por el 40% del valor de la cuenta de cobro,
Son muchos los métodos que pueden utilizarse para obviar una relación laboral, lo importante es tener en cuenta que ninguno de ellos sirve para absolutamente nada, todos los días en las juzgados de Colombia son más lo empleados que gana que los que pierden, con lo que el objetivo de este articulo es que además del riesgo laboral no tenga inconvenientes fiscales.
En el siguiente enlace encuentra un formulario donde puedes descargar gratuitamente un contrato laboral:
Si tiene cualquier duda, respecto a la gestión jurídica de
empresas, puede consultarnos en jnoriega@gestionlegalcolombia.com
Nuestra página web sobre crear emrpesa . Nuestro Blog de Cómo crear empresa en
Colombia