En las sociedades anónimas, en las comanditas por acciones o en las por acciones simplificadas, es importante tener en cuenta que existen diferentes tipos de acciones, y estas según él o los derechos que incorporan, tienen diferente denominación. A continuación explicaremos algunas de las acciones que se pueden emitir, todo de conformidad con lo dispuesto en la ley y en los estatutos sociales.
A. Acciones ordinarias
Las acciones ordinarias son las que confieren derechos ordinarios a los accionistas, y que según el artículo 379 del Código de Comercio, son los siguientes:
- Participación en las discusiones de la asamblea general de accionistas con derecho a voto.
- Recibir parte de los beneficios establecidos en los balances de fin de ejercicio de manera proporcional de acuerdo con lo dispuesto en los estatutos.
- Poder negociar de manera libre las accionistas a menos que se haya establecido el derecho de preferencia a favor de los demás socios.
- Vigilar los libros y documentos sociales con 15 días de anticipación a las reuniones de la asamblea general en las que se inspeccionen los balances de fin de ejercicio
- Recibir parte de los activos sociales al tiempo de la liquidación una vez se haya pagado el pasivo externo y de manera proporcional.