martes, 27 de mayo de 2014

Limitaciones del Representante Legal


Quien crea un empresa es el protagonista único de su propia película, pero es también, el director productor y guionista. Es el socio, el fundador, el representante legal, el contador, el auditor, el policía y el celador. La buena noticia es que nada escapa a su mando ni a su decisión, no hay riesgo de fraude.


Pero el crecimiento se basa en la delegación y con ella el riesgo que supone confiar


De nada sirve establecer limites en  los estatutos para los socios y  mayorías para tomar ciertas decisiones; si no se limita el poder del representante legal, en la practica de las empresas a menos que se diga así expresamente en el contrato social, muy pocas decisiones van  realmente a la asamblea.


Una sociedad es un ser independiente que manifiesta su voluntad y se obliga por medio del representante legal, los socios no tienen esa potestad, ni el socio mayoritario, ni siquiera el socio único; si no es representante legal es un ser independiente a la empresa en su autonomía, en su voluntad y en su patrimonio.


Muchos de quienes nos leen tienen pequeñas participaciones en empresas, Ecopetrol, Banco de Bogotá etc. Es bueno que sepan que fuera de la asamblea cualquiera de las atómicas participaciones tiene el mismo poder que el accionista mayoritario, ninguno.


Así funcionan las empresa, el representante legal toma decisiones de  forma diaria que pueden suponer la quiebra de la compañía: Prestamos avales, garantías, contratos millonarios.


Parece que fuera un mal endémico de los abogados pensar mal, realmente es la fuerza de la realidad que golpea con un ruido atronador.  “ La mayoría de las empresa que atraviesan el valle de la muerte, es decir los primeros 3 años, sucumben por fraude sus empleados.”


Por esto es necesario limitar el poder del Representante Legal, para que deba no por decisión unilateral, sino por obligación pública, consultar con la asamblea  para que esta pueda tomar decisiones que afectan de manera grave a la empresa


No existe una regla para establecer estos límites ya que lo que puede quebrar a un empresa chica no es lo mismo que afecta a un empresa  mayor. ¿Sabe usted si su representante legal tiene alguna limitación ¿Sabe usted dónde está su representante legal en este momento? La última pregunta no tiene sentido pero le da un poco de dinámica a este artículo.


Las limitaciones del representante legal  se transcriben en el certificado de Cámara y comercio, lo cual aporta una enorme seguridad jurídica a los empresarios, ya que los terceros, aquellos con los que la empresa contrate, tienen la obligación de constatar que el representante tenga facultades para suscribir el acuerdo que se proponen firmar.


De hecho el modelo típico de estatutos que los empresarios descargan para CREAR EMPRESA EN COLOMBIA  se estipula por error, que el representante legal tendrá las limitaciones que los estatutos disponga, esto supone que todo contratistas responsable (léase solo Notarías y Bancos. Notarías algunas) pedirá la totalidad de los estatutos  y con una leída juiciosa constatarán que tenga o no limitaciones el representante legal.


Como somos un país tremendista,  las empresas limitan tanto la posibilidad de acción de su representante legal que se quedan sin director,  pues obligan a que toda decisión pase por la asamblea, esto es inviable teniendo en cuenta que siempre le exigirán un acta de asamblea autorizándolo para aquello que le estaba prohibido, ninguna empresa sería puede funcionar así.


Descargue el acta para cambiar al representante legal de su empresa Aquí


La forma más común de limitar es por materia y cuantía, prohíbe aquello que le preocupe y establezca una cifra cómoda después de la cual espera que el representante legal le comunique.


Si tiene cualquier duda, respecto a la gestión jurídica de empresas, puede consultarnos en jnoriega@gestionlegalcolombia.com. Nuestra página web. http://www.gestionlegalcolombia.com/crear-empresa-en-colombia.html Nuestro Blog sobre crear empresa http://crearempresacolombia.blogspot.com/