miércoles, 6 de febrero de 2013

ASPECTOS RELEVANTES A TENER EN CUENTA AL CONSTITUIR UNA EMPRESA EN COLOMBIA

CREAR EMPRESA EN COLOMBIA

v  NOMBRE DE LA SOCIEDAD Nombre debe incluir las siglas S.A.S (Es necesario que comprobar que el nombre este disponible.http://crearempresacolombia.blogspot.com/2012/09/consulta-de-nombre-de-empresa.html)

v  DIRECCIÓN DE NOTIFICACIONES. Es necesario que la sociedad tenga un domicilio en Colombia, en cualquier ciudad del país, esta modificación puede hacerse en cualquier momento.

v  OBJETO SOCIAL. A que se van a dedicar? Nuestro ordenamiento permite establecer un objeto ilimitado.

v  DURACIÓN. Las S.A.S permiten tener una duración definida o indefinida, en caso de estipularse luego de cumplir dicho termino deberá modificarse los estatutos para que la compañía siga subsistiendo.

v  CAPITAL Y ACCIONES SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA
 El capital autorizado corresponde al valor acordado por los Accionistas como el monto que en un futuro previsible será necesario para desarrollar el objeto de la compañía.


El capital suscrito es el que al momento de la constitución se determina como necesario, y se emite por parte de la sociedad a los accionistas, la diferencia con el capital autorizado se dejan en cartera para ser emitido y colocado posteriormente entre los accionistas o terceros. Es esta suma la que es garantía para terceros.

El capital pagado es el que es efectivamente ha sido desembolsado por lo accionistas.

Forma y Términos en que se pagará el capital.- El monto de capital suscrito se podrá pagar de la forma como los estatutos determinen dentro de los 24 meses siguientes a la fecha de la inscripción en el registro mercantil del documento.

En Colombia esta permitida que la aportación de los socios, se realice mediante dinero, el aporte de un bien, industria (trabajo) e incluso un derecho, por lo que a manera de ejemplo, es posible que se haga la cesión de una promesa de compraventa, un pleito o un nombre comercial.

v  EMISIÓN Y COLOCACIÓN DE ACCIONES,  El primer efecto para quien no concurre al aumento de capital es la disolución de su participación  en caso de que entren más accionistas, debido a esto lo más recomendable es que una nueva emisión requiera un porcentaje especial, 60% 0 70% de forma que no se diluya la participación de los principales accionistas sin una mayoría significativa.

v  TIPOS DE ACCIONES Es posible emitir de diferentes tipos. Es  posible inventar diversos tipos de acciones

Esta posibilidad es especialmente importante pues puede responder a las siguientes dudas.

1.    Como dar mayores beneficios económicos  a unos accionistas sobre otros
2.    Como garantizar una preferencia en la devolución de aportes de unos accionistas
3.    Como eliminar la posibilidad de que uno de los accionistas tenga control político
4.    Como otorgar mayor control a ciertos accionistas
5.    Que hacer a la muerte de un accionista con derechos privilegiados. (Es posible que las accionistas se conviertan de una naturaleza a otra)
6.    Que sucede en caso de empate en Asamblea
7.    Que sucede en caso de que una sociedad accionista se liquide.


Para esto es posible emitir:

Acciones privilegiadas.
Acciones con dividendo preferencial y sin derecho a voto. Es decir sin derecho políticos.
Acciones con dividendo fijo anual.
Acciones de pago. Aquellas con las cuales se puede cancelar obligaciones laborales, caso en el cual, es necesario ajustarse a lo dispuesto en la legislación laboral respecto a los pagos en especie, puesto que el hecho de pagar a un empleado con acciones, constituye un pago en especie.

Mi propio tipo de acciones (De la A a la Z)


v  ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD. El esquema común suele ser Asamblea general de accionistas, Gerente y representante legal.
Este esquema puede cambiarse de acuerdo con las necesidades de los socios o del proyecto, el órgano de dirección sea uno o múltiple, que actúen de manera colectiva o mancomunada.

Un Administrador – Dos administradores independientes – Dos Administradores que deben actuar de común acuerdo – Administrador independiente, Dominical (Es decir no socio) – Administrador persona jurídica- Mecanismo de elección del Administrador

Sindicación de Voto. Es posible plantear situaciones en que se ejerza un convenio de sindicación es un negocio para-societario, firmado por algunos o todos los accionistas de una sociedad anónima y por el cual los sindicados se obligan a asumir determinados comportamientos en el ejercicio de sus derecho en las que los accionistas o alguno de ellos deban votar de forma conjunta o positiva o negativa.



v  REPRESENTANTE LEGAL. Se puede limitar las facultades del representante legal en cuanto a su cuantía o materia de forma que dichas limitaciones al estar contenidas en el certificado de libertad y tradición se presumen de conocimiento general. 


Es posible escoger Representante legal por un término fijo , mínimo y prorrógale, con plenas capacidades de disposición sobre la compañía, exceptuando para los que se requiera aprobación de la asamblea de forma unánime.
El representante legal puede contar con diferentes limitaciones de tal forma que ante la ocurrencia que algún hecho, sea necesaria la aprobación de la Junta o Asamblea de accionistas así

Limitaciones por Materia
Limitaciones en cuantía
Limitaciones en Tiempo
Obligatoriedad de informar
Obligatoriedad de Solicitar autorización

Las formular de administración permiten estructurar además de la Asamblea General De Accionistas, una junta directiva, consejo de administración, consejo de Familia etcl

v  REUNIONES NO PRESENCIALES. Cuando los socios no se encontraran en el país para las reuniones ordinarias o extraordinarias se convienen situaciones en las cuales mediante comunicación simultánea o sucesiva y por consentimiento escrito se puedan celebrar reuniones sin la presencia física de los accionistas.

Es importante estipular que medios son aceptables y cuales no, y sobre todo quien lo certifica.

v  FRACCIONAMIENTO DEL VOTO. El voto que por naturaleza debe ser único  puede cuando se trate de la elección de comités u otros cuerpos colegiados, fraccionarse , Para con su participación por ejemplo apoyar dos candidatos.


v  CLAUSULA COMPROMISORIA. Desean establecer una clausula para que las diferencias se resuelvan por arbitramento, amigable componedor etc. De acuerdo a la ley de Cualquier país.

v  MAYORÍAS ESPECIALES:  Es común que las partes en atención a cuales son las materias más delicadas en la unión estén sometidas a su aprobación junta por mayorías especiales.

·         Venta o Donación de las acciones de Target a un Tercero
·         Transformación de la sociedad.
·         Reinversión de utilidades.
·         Aumento de Reserva.
·         No Repartición de Utilidades.
·         Inversión en nuevos proyectos.
·         Aumento de capital.
·         Emisión de nuevas acciones.
·         Enajenación global de activos.

v  DERECHO DE PREFERENCIA. Permite en la eventualidad de que alguno de los socios quiera salir de la organización, deba primero ofrecer su participación a los actuales accionistas de forma que se limita su libre disponibilidad
Es posible establecer que durante un término de 5 años la prohibición de que las acciones sean vendidas a un tercero.

v  MECANISMOS DE DESINVERSIÓN.  El valor a pagar al salir de la sociedad es relevante

Cuando uno de los socios quiere transferir su participación y los restantes no quieren adquirirlas.   
Cuando los socios van adquirir unas acciones sujetas a embargo.
Cuando los socios van a adquirir las acciones por desaparecimiento del socios.
Cuando se presentan conflictos tan importantes que la única formular de asegurar la continuidad tanto de una  Nueva compañía como  de un proyecto de inversión,  es planteando la desinversión obligatoria de uno de los socios. Es decir que ante un desacuerdo grave alguno de los socios deba vender su participación y salir de la sociedad.

Para ello se establecen diferentes figuras para tazar el precio justo de las acciones.

Formulas Clásicas usadas en diferente jurisdicciones son

  • Un perito escogido de mutuo acuerdo.
  • Perito escogido de una lista predeterminada
  • Lo que es mucho más objetivo, apoyarse en un tercero independiente para que lo escoja. Así.
Un avaluador elegido por la consultora _______
Un avaluador designado por _____________.
Un Avaluador designado por __________.

  • Clausula de TIRO MEXICANO que funciona de la siguiente manera,

El oferente lanza una oferta sobre el paquete de acciones objeto de la compraventa, las que son propiedad del receptor de la oferta. El receptor tendrá derecho a:

· Aceptar la oferta realizada por el oferente.
· Obligar al oferente, a que sea él quien venda sus acciones por el mismo precio que él ofreció en su momento.

Suelen establecerse varios “tiros” u opciones, de manera que pueda llegarse a un precio más ajustado a la realidad. Si se establece un número impar de tiros, la decisión final estará en manos de quién lanzó la primera oferta. Si, por el contrario, se establecen un número par de tiros, la decisión final estará en manos de quien inicialmente recibió la oferta.

Para eliminar el abuso de estas figuras se puede establecer también una clausula de definición mínima de precio para el uso del TIRO MEXICANO o el precio definitivo, en el caso que nos convoca lo más adecuado sería establecer un tercero que debe evaluar el precio de las acciones teniendo en cuenta criterios financieros y de proyección de utilidades.

v  SUCESIÓN. Determinar cuál es el procedimiento ante la eventual muerte de alguno de los socios, especialmente de quién tiene el control político sobre la sociedad.
De esta manera se pueden crear diferentes tipos de acciones para que ante la ausencia definitiva, por muerte o por enfermedad de uno de los socios otros recuperaren inmediatamente todos sus derechos políticos. Y las acciones ordinarias se convertirán en acciones sin derecho a Voto, de forma que los herederos puedan disfrutar de los dividendos pero no tomar decisiones en la compañía-

Obligatoriedad de testar en Colombia por ambos socios la propiedad de las acciones sobre NEWCO y escoger un Albacea.

Nota. El testamento en Colombia es un acto solemne muy rápido en su procedimiento y económico.

v  DERECHO DE INSPECCIÓN. Escenarios en los cuales los socios pueden solicitar la exhibición de la totalidad de libros, soportes contables o contratos de la sociedad. Y procedimiento para que cualquiera de los socios pueda solicitar la inspección de los documentos de Target. Es decir determinar cuando los socios pueden pedirle al representante legal de la sociedad que como accionista en Target haga uso de sus derechos sobre ella.

SI LA SOCIEDAD VA A SER FAMILIAR, O INCLUIR ACCIONISTAS DE UNA MISMA FAMILIA, LE RECOMENDAMOS REVISAR NUESTRO ENLACE Y FORMULAR LA POSIBILIDAD DE INCLUIR UN PROTOCOLO DE FAMILIA http://www.gestionlegalcolombia.com/protocolo-de-familia.html