Mostrando entradas con la etiqueta Dotación. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Dotación. Mostrar todas las entradas

miércoles, 13 de julio de 2016

¿Quién tiene derecho a la dotación?

Los trabajadores constantes que no devenguen más de dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes, o los que tienen salario variable, y éste al realizar el promedio de los últimos cuatro (4) no supere los dos (2) salarios mínimos, tienen derecho a recibir tres (3) dotaciones al año, siempre y cuando lleven más de tres (3) meses de vinculación laboral.


El código Laboral establece que las fechas de entrega de las dotaciones son:


30 de Abril
31 de Agosto
20 de Diciembre

Cuando el empleador establece uniformes para la empresa y entrega más de las tres (3) dotaciones reglamentarias por la Ley, puede darlas en cualquier momento o fecha del año o cuando lo crea conveniente.


Entendiéndose como dotación un par de zapatos y un vestido.


Cuando los trabajadores que requieren de implementos de seguridad como gafas, tapa-oídos, guantes, cascos, éstos no se pueden confundir como dotación obligatoria que establece la Ley, ya que los primeros son elementos necesarios para la seguridad de los trabajadores y necesario para evitar accidentes de trabajo.